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El pleno del Congreso aprobó definitivamente la reforma del Código Penal

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Las penas de cárcel por exceso de velocidad,
alcohol y drogas al volante podrían
entrar en vigor en 15 días

 

Colpisa  

A partir del 1 de mayo, también a quienes creen que tener el carné de conducir en regla es cosa de tontos. El pleno del Congreso aprobó este jueves definitivamente la última reforma del Código Penal con nuevas penas de prisión, multas cuantiosas y largas retiradas del permiso circulatorio para los conductores más temerarios y recalcitrantes. Las modificaciones - salvo la ya citada conducción sin carné- entrarán en vigor «probablemente» antes del Puente de la Constitución, anunció el ministro del Interior.

Al término del debate, Alfredo Pérez Rubalcaba se declaró satisfecho por la velocidad, esta sí positiva, en la tramitación parlamentaria urgente de una iniciativa con claro propósito «preventivo y disuasorio». Porque la realidad no espera. La reforma del Código Penal en materia vial responde a una realidad dramática.

De los 4.000 muertos registrados en 2006 en las carreteras españolas, 11 por día, el 40% se debe al exceso de velocidad o a la intervención del alcohol y las drogas. Los cambios ahora aprobados, a la espera de su publicación en el BOE, pretenden atajar estas circunstancias y advertir a los más insensatos de que sus imprudencias al volante les pueden salir caras incluso si no hay accidente.

«No es explicable que alguien vaya a 200 km/hora en carretera poniendo en riesgo su vida y la de los demás sin que le pase nada (penalmente)», recalcó Rubalcaba. El ministro se congratuló también del alto grado de consenso alcanzado en el Parlamento y fuera de él. Dentro de las Cámaras, sólo el PP se opuso a unos cambios legales que considera «un espantajo para amedrentar a los conductores», en palabras de su portavoz, Federico Souvirón.

Extramuros, la reforma ha recibido el aval de las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, añadió el ministro.

Para el diputado de CiU Jordi Jané, 'padre espiritual' de la iniciativa, los cambios hoy aprobados equiparan las políticas de prevención vial españolas con las de otros países europeos, en los que el exceso de velocidad y de alcohol ya se penan con la cárcel.

Jané instó a una rápida aplicación de la normativa, a ser posible en los primeros días de diciembre, mes de excesos etílicos, fiestas y desplazamientos en carretera.

El nuevo Código Penal en materia viaria no será una varita mágica, pero completa las estrategias de disuasión diseñadas a partir de la entrada en vigor del carné por puntos. A pesar de un cierto relajamiento pasados los primeros meses, el carné funciona, insistió Pérez Rubalcaba. La prueba, los algo menos de 3.000 muertos con los que la Dirección General de Tráfico (DGT) espera cerrar el año, frente a los 4.000 registrados en 2006.

Velocidad

El texto aprobado hoy por el Congreso lleva a territorio penal conductas que aún hoy se saldan con meras sanciones administrativas. Así, fija penas de tres a seis meses de cárcel, o bien como alternativa a criterio del juez una multa de seis a doce meses y entre 30 y 90 días de trabajos a favor de la comunidad, para quienes superen en 60km/h la velocidad permitida en núcleos urbanos -es decir, vayan a 110 km/h.- y en 80km/h en vías interurbanas - a 200 km/h.-, sean vehículos o ciclomotores. Y en todos los casos se les retirará el permiso entre uno y cuatro años.

Las mismas penas, multas y sanciones les caerán a quienes sean detenidos conduciendo bajo los efectos de las drogas o bebidas alcohólicas, y siempre a quienes manejen con tasas de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, o con 1,2 gramos por litro de alcohol en sangre.

La nueva tasa penal de alcoholemia sigue siendo una de las más altas de Europa y equipara a España con Luxemburgo, Portugal y el Reino Unido. Italia, Austria y Bélgica la fijan en 0,5 gramos en sangre, Alemania y Grecia en 1,1 y Francia en 0,8.

Además, quienes conduzcan «con temeridad manifiesta» y riesgo concreto para la vida y la integridad de las personas serán castigados con entre seis meses y dos años de prisión y privación del carné entre uno y seis años. Si a esa conducción temeraria con riesgo concreto se une el agravante de «manifiesto desprecio por la vida de los demás» - por ejemplo, conducir a 220 km/h en una vía repleta de coches-, las penas van de dos a cinco años de cárcel y retirada del permiso de seis a diez años.

La negativa a someterse al test de alcoholemia o de drogas puede conllevar de tres a seis meses de prisión, y de seis meses a dos años la colocación de obstáculos en la vía, cambios en la señalización o el vertido de sustancias deslizantes o inflamables.

Sin carné

Todas estas disposiciones entrarán en vigor en cuanto aparezcan en el BOE. Sólo habrá una moratoria de cinco meses para quienes circulan sin carné, bien porque no se lo han sacado nunca, lo han perdido por puntos o por sentencia judicial, unos 30.000 conductores en todo el país. Tienen de plazo hasta el 1 de mayo de 2008 para ponerse en orden. A partir de esa fecha quien conduzca coches, ciclomotores, etc. sin permiso se expone a entre tres y seis meses de cárcel o bien multa de doce a veinticuatro meses y trabajos para la comunidad de 30 a 90 días.

Los cambios en el Código Penal se acompañan con la petición al Gobierno de adecuar los límites de velocidad a la realidad y a las circunstancias concretas de cada tramo «para que resulten creíbles», recalcó Jané.

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26/11/2007 ir arriba
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