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LOS PROCESOS HEMATOLOGICOS
Pueden ser excluyentes para la conducción o el uso de armas en la fase aguda del proceso o al inicio del tratamiento, una vez estabilizado y con un informe favorable se le puede considerar apto aunque con limitación en el plazo de renovación siempre y cuando los reglamentos lo admitan.
Las manifestaciones clínicas de las enfermedades hematológicas son muy variadas y en general inespecíficas; su presencia origina síntomas relacionados con la intensidad de la alteración y las complicaciones asociadas. El deterioro de la capacidad de conducir está asociado a la gravedad del proceso y a su forma de instauración.

Anenemias:
Astenia, confusión, disnea de esfuerzo y dolor precordial son síntomas de la anemia que pueden tener repercusión sobre la capacidad de conducir. La afectación es variable en función del mecanismo de producción, la adaptación del individuo, etc. Su repercusión sobre el rendimiento psicomotor puede producir disminución en la atención y concentración, toma de decisiones imprecisas, apatía y aumento del tiempo de reacción. De forma característica la ferropenia se asocia con somnolencia.
Poliglobulias:
Los síntomas de las poliglobulias como cefaleas y visión borrosa pueden originar alteraciones en la percepción e imprecisión en la respuesta psicomotora. Al valorar al paciente tenga en cuenta el riesgo de complicaciones agudas cardiovasculares (trombosis, accidente cerebrovascular, etc.).
Trombocitosis:
pueden pasar desapercibidas o manifestarse con un proceso trombótico. Puede cursar con intensas cefaleas.
Síndrome de Hiperviscosidad:
El aumento de inmunoglobulinas puede producir un aumento en la viscosidad del plasma que origina un enlentecimiento de la circulación que se acompaña de: visión borrosa, cefaleas, torpor mental, etc.
Neoplásias Hematológicas:
Al valorar las neoplasias habrá que tener en cuenta los síntomas propios de la enfermedad y los derivados del tratamiento. Cada vez son más frecuentes los pacientes en tratamiento ambulatorio.
La repercusión sobre el rendimiento psicomotor de la patología hematológica puede producir disminución en la atención y concentración, toma de decisiones imprecisas, apatía, y aumento del tiempo de reacción.
ANAMNESIS
Preguntaremos si sangra espontáneamente (epixtasis, hematomas, etc.), si se nota bultos en cuello, axilas o inglés, si se nota debil o cansado, si tiene fiebre o infecciones recurrentes, le han operado, toma algún medicamento.
EXPLORACIÓN
Inspección.
Es necesario observar la coloración de piel y de mucosas para descartar palidez por anemia, ictericia, petequias, púrpura, hematomas, hemorragias, etc. Observaremos si existen signos o cicatrices por intervenciones quirúrgicas o por radioterapia y si existe alopecia por quimioterapia.
Palpación
Deberemos descartar la presencia de adenopatías y hepato o esplenomegalia.

TRATAMIENTO.
Los efectos que pueden producir los tratamientos en la conducción
Las Poliglobulias: tener en cuenta el riesgo de síncope posflebotomía y recomiende al paciente que va a ser sometido o ha sido sometido a una flebotomía que evite conducir en las 12 horas siguientes a la misma, sobre todo durante períodos prolongados y sin compañía. Este tiempo podrá reducirse si se realiza reposición de volumen.
Anticoagulantes orales: los pacientes en tratamiento con anticoagulantes orales deben estar bien controlados, sin complicaciones hemorrágicas ni trombóticas. Ante un paciente anticoagulado, es importante valorar también el riesgo vial que le puede originar su patología de base (arritmia, cardiopatía, etc.).
QUE DICE LA NORMATIVA
(ANEXO IV de Real Decreto 772/97 de 30 de Mayo, modificado por Real Decreto 1598/2004 de 2 de Julio).
Exploración (1) | Criterios de aptitud para obtener o prorrogar permiso o licencia de conducción ordinarios | Adaptaciones, restricciones y otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación en permiso o licencia sujetos a condiciones restrictivas | Grupo 1: B + E y LCC (2) | Grupo 2 C1, D 2) (3) | Grupo 1 (4) | Grupo 2 (5) | 5.1 Procesos ONCO-HEMATOLOGICOS
5.1.1 Procesos sometidos a tratamiento quimioterápico.
| No se admiten.
| No se admiten.
| Transcurridos tres meses desde la finalización del último ciclo de tratamiento, con informe favorable de un hematólogo, y siempre que en el último mes no haya habido anemia, leucopenia o trombopenia severas, se fijará un período de vigencia de tres años, como máximo, hasta que transcurran diez años de remisión completa, igualmente acreditada con informe de un hematólogo.
| Transcurridos tres meses desde la finalización del último ciclo de tratamiento, con informe favorable de un hematólogo, y siempre que en el último mes no haya habido anemia, leucopenia o trombopenia severas, se fijará un período de vigencia de un años, como máximo, hasta que transcurran diez años de remisión completa, igualmente acreditada con informe de un hematólogo. | 5.1.2 Policitemia Vera. | No se admite. | No se admite. | Si en los últimos tres meses no ha existido un valor de hemoglobina mayor de 20 gramos por decilitro, aportando informe favorable de un hematólogo, el periodo de vigencia del permiso o licencia será de dos años, como máximo. | Si en los últimos tres meses no ha existido un valor de hemaglobina mayor de 20 gramos por decilitro, aportando informe favorable de un hematólogo, el período de vigencia del permiso será de un año, como máximo. | 5.1.3 Otros trastornos oncohematológicos. | No se admiten cuando en los últimos tres meses se hayan presentado anemia leucopenia o trombopenia severa o cuando durante los últimos seis meses haya habido leucocitosis mayores de 100.000 leucocitos por µl o trombocitosis mayores de 1.000.000 pqts/ml. | No se admiten. | Cuando se den las circunstancias señaladas en la columna (2) presentado además informes favorables de un hematólogo, el período de vigencia máximo será de dos años. | Con informe favorable de un hematólogo, sólo se admitirán los casos en que no se hayan presentado anemia, leucopenia o trombopenia severas en los últimos tres meses. En estos casos, el período máximo de vigencia será anual y no se admitirá que los últimos seis meses haya habido leucocitosis mayores de 100.000 leucocitos o trombocitosis mayores de 1.000.000 de plaquetas por µl. | 5.2 Procesos NO ONCO-HEMATOLOGICOS 5.2.1 Anemias,leucopenias y trombopenias. | No se admiten anemias, leucopenias o trombopenias severas o moderadas de carácter agudo en los últimos tres meses. | Ídem grupo l. | En cualquiera de las situaciones expuestas en la columna (2), con informe favorable de un hematólogo, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con período de vigencia de, como máximo, dos años. | En cualquiera de las situaciones expuestas en la columna (2), con informe favorable de un hematólogo, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con período de vigencia de, como máximo, un año. | 5.2.2 Trastornos de coagulación. | No se admiten trastornos de coagulación que requieran tratamiento sustitutivo habitual. | Ídem al grupo 1. | En caso de requerir tratamiento sustitutivo, un informe favorable de un hematólogo, en el que se acredite el adecuado control del tratamiento, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con período de vigencia de, como máximo, tres años. | En caso de requerir tratamiento sustitutivo, con informe favorable de un hematólogo, en el que se acredite el adecuado control del tratamiento, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con período de vigencia de, como máximo, un año. | 5.2.3 Tratamiento anticoagulante. | No se admiten aquellos casos en que se hayan producido descompensaciones en el último año que hubieran requerido de transfusión de plasma. | No se admiten. | En los casos incluidos en la columna (2), con informe favorable de un hematólogo, ,cardiólogo o médico responsable del tratamiento se podrá obtener o prorrogar permiso o licencia con periodos de vigencia de, como máximo, dos años. | En caso de estar bajo tratamiento anticoagulante, con informe favorable de un hematólogo, , cardiólogo o médico responsable del tratamiento se podrá obtener y prorrogar permiso con período de vigencia de un año como máximo. No se permitirán los casos en los que se hayan producido descompensaciones que hubieran obligado a transfusión de plasma durante los últimos tres meses. |
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