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EL OIDO
Es el órgano responsable no sólo de la audición, sino también del equilibrio. Se encarga de captar las vibraciones y transformarlas en impulsos nerviosos que llegarán al cerebro donde serán interpretadas.
La capacidad auditiva es otro de los sentidos que nos proporcionan información sobre el mundo exterior por lo que también es importante para el acto de la conducción o el uso de armas... El oído participa en la conducción, como complemento importante para la visión, ayudándola a situar los estímulos en el tiempo y en el espacio, y con el mantenimiento del equilibrio. Ambas funciones han tenerse en consideración cuando valoramos a los pacientes-conductores.
 
Las Patologias auditivas que pueden interferir en la conduccion de vehículos son: Alteraciones de la audición (hipoacusias): la pérdida de audición disminuye la captaciónde estímulos pudiendo alterar la percepción.
Alteraciones del equilibrio: el mantenimiento del equilibrio se consigue gracias a la autorregulación permanente de circuitos nerviosos que reciben la información de tres fuentes:laberíntica (vestibular: utrículo y sáculo), visual y propioceptiva, son necesarias dos de las tres fuentes para mantener razonablemente el equilibrio. Los circuitos nerviosos funcionan a diferentes niveles pero fundamentalmente a nivel subcortical... Es necesario que a los núcleos vestibulares lleguen impulsos simétricos de ambos lados y que la funcionalidad de las conexiones nerviosas permita la transmisión de los estímulos para ser procesados.
Dentro de las alteraciones del equilibrio debemos distinguir entre: - Vértigo: sensación de movimiento del entorno provocada sólo por alteración laberíntica. - Inestabilidad: provocada por alteraciones visuales y propioceptivas.
Tanto el vértigo como la inestabilidad pueden causar fallos atencionales, perceptivos, por actuar como distractores, o del procesamiento cognitivo, unos y otros pueden originar alteraciones de la respuesta psicomotora.
El Sindrome Vertiginoso incapacita para conducir. Puede ser de origen central (vascular, tumoral, esclerosis múltiple, psicógeno, etc.) o vestibular (laberintitis, neuronitis vestibular, enfermedad de Ménière, neurinoma del acústico, enfermedad autoinmune vestibular y vértigo posicional paroxístico benigno).
El Conductor dispone de un tiempo mínimo de reacción que le obliga a respuestas y acciones prácticamente automáticas, ejecutadas sin precipitación, pero controladas, decididas y precisas que se pueden alterar en este tipo de enfermedad.
Anamnesis:
Hay que preguntar si nota que ha perdido audición, si oye ruidos o pitidos, o si padece de vértigos y como son, si usa audífonos, si le han operado del oído, si ha sufrido traumatismos o intervenciones cráneo-encefálico o accidentes cerebrovascular.
Exploración:
Inspección.
Debemos inspeccionar el pabellón auricular y el conducto auditivo externo para comprobar si el aspirante es portador de alguna prótesis (audífonos, etc.) para la audición.
La agudeza auditiva se explora o se mide con unos instrumentos denominados audiómetros.
La normativa exige que para conducir no debe existir una perdida de audición (hipoacusia), con o sin audífono, de más del 45% para el grupo 1 y de más del 35% para el grupo 2 de perdida combinada entre los dos oídos obteniendo el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal. Para el permiso de armas no debe ser de más del 45%.
La audiometría tonal examina la vía aérea, se debe examinar los dos oídos por separado, el porcentaje de perdida de cada oído se se obtiene al hacer la media del porcentaje obtenido con las frecuencias 500, 1000, 2000 y 4000. El porcentaje de perdida combinada será la media de los dos oído.
Ejemplo:Frecuencias 500 1000 2000 4000 Media
OI 25% 40% 45% 50% 25+40+45+50 = 160 : 4 = 40% perdida OI
OD 25% 60% 60% 70% 30+ 60+60+70 = 220 : 4 = 55% perdida OD
El porcentaje de perdida combinada será la media de los dos oídos 40+55 = 95 : 2 = 47,5.
PUEDES COMPLETAR TU INFORMACION en la siguiente WEB
Qué dice la Normativa?
(ANEXO IV de Real Decreto 772/97 de 30 de Mayo, modificado por Real Decreto 1598/2004 de 2 de Julio).
Exploración (1 | Criterios de aptitud para obtener o prorrogar permiso o licencia de conducción ordinarios | Adaptaciones, restricciones y otras limitaciones | Grupo 1 A, B (art. 46.1a) (2) | Grupo 2 C, D + E (art. 48.1b y 2) (3) | Grupo 1 (4) | Grupo 2 (5) | 2.1 Agudeza auditiva. | Las hipoacusias, con o sin audífono, de más del 45 por 100 de pérdida combinada entre los dos oídos obtenido el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso o licencia.
| Las hipoacusias, con o sin audífono, de más del 35 por 100 de pérdida combinada entre los dos oídos obtenido el índice de esta pérdida realizando audiometría tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso. | Los afectados de hipoacusia con pérdida combinada de más del 45 por 100 (con o sin audífono) deberán llevar espejo retrovisor exterior a ambos lados del vehículo e interior panorámico. | No se admiten. |
Consulta
Examen de la Capacidad Auditiva: DIAPASONES Examen de la Capacidad Auditiva: AUDIOMETRIA
Puedes Consultar desde aquí
Protocolo de exploración médico
Historia Clínica Médica
Entrevista - Anamnesis
Exploración Médica por sistemas:
Capacidad visual Capacidad auditiva Sistema locomotor Sistema respiratorio Sistema cardiocirculatorio Sistema hematológico Sistema Renal Sistema Endocrino y Metabólico Sistema Nervioso y Muscular Tratornos mentales-conducta Alcohol y drogas Aptitud perceptivo motora Consulta los Apartados de la Capacidad Visual. Agudeza visual Defectos de Refracción Campo Visual Cirugía Refractiva Glaucoma Cataratas Alteraciones de la Motilidad Ocular. Estrabismo Nistagmus Diplopias Deterioro progresivo de la Capacidad Visual- I Deterioro progresivo de la Capacidad Visual -II

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